Uno de los temas más
controversiales que apremian a la humanidad es el relacionado con el calentamiento global. Con base en un argumento “norte-sur” con matices
históricos, los países del sur (esto es los países en vía de desarrollo) consideran que adoptar medidas ecológicas sería equivalente a mermar su
desarrollo económico, lo que los pondría en mayor desventaja en relación con
los países del norte (es decir las naciones desarrolladas), quienes a lo largo
de la historia han contaminado el medio ambiente sin limitación alguna. En
apoyo a esta aseveración, dicen, basta ver la divergencia que existe entre la
clasificación que muestran los países con mayores emisiones de dióxido de
carbono (los que más contaminan) y aquella donde son reclasificados dependiendo
de su población (curiosamente en esta última clasificación quedan desbancadas
las economías BRIC —Brasil, Rusia, India y China—, apoyando nuestra aseveración).
Otro argumento es el que señala la falta de evidencia científica contundente de que el cambio climático sea más que un reajuste cíclico como los que el planeta ha tenido a lo largo de la historia. Inclusive hay representantes gubernamentales que llevan al extremo esta idiosincrasia, tal como sucedió en febrero de este año en el Comité del Senado de Estados Unidos para Trabajos Públicos y Ambientales, donde el senador republicano James Inhofe, de Oklahoma, tuvo la puntada de aventar una “bola de nieve” en su discurso para evidenciar —según él— que es falsa la aseveración de que 2014 haya sido el año más cálido de toda la historia, ya que —según él también— a las afueras del Senado hacía “mucho, pero mucho frío”. Y ofreció como prueba ¡la bola de nieve que había recogido de la calle minutos antes! Ante esas actitudes, el comediante estadounidense Stephen Colbert ofreció una propuesta para determinar si hay evidencia científica que vincule al hombre con el calentamiento global: “Todas las naciones del mundo deben firmar un tratado por medio del cual pacten elevar al máximo su huella de carbono [esto es, la totalidad de gases de efecto invernadero]. Una vez que se tengan los resultados del experimento, podremos saber finalmente si no debimos haber hecho lo que acabamos de hacer”.
Regresando a la realidad,
como concluye el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático
(IPCC, por sus siglas en inglés) en su quinto informe de evaluación: “El
calentamiento del sistema climático es incuestionable […] La influencia humana
en el sistema climático es clara […] Desde la década de los cincuenta, muchos
de los cambios observados no tienen precedente en décadas o milenios pasados.
La atmósfera y el océano se han calentado, las cantidades de nieve y hielo han
disminuido, y los niveles del mar se han elevado […] Bajo todos los posibles
escenarios [incluyendo los de reducción en las emisiones de contaminantes] se
proyecta que la temperatura en la superficie aumente […] Es muy probable que
las oleadas de calor ocurran con mayor frecuencia y duren más tiempo y que las
precipitaciones de lluvia se vuelvan más intensas y frecuentes en muchas
regiones. El océano se continuará calentando y acidificando, y el nivel medio
del mar aumentará”.
Ante estos pronósticos
resulta imperante la adopción de medidas que impidan un deterioro mayor al
sistema climático. Por esta razón han surgido organizaciones no gubernamentales
que han explorado formas alternas para asegurar que sus gobiernos estén a la
altura del reto y adopten todas las medidas a su alcance para reducir sus
emisiones de dióxido de carbono, metano y óxido nitroso, los cuales muy
probablemente constituyen la causa dominante del cambio climático mundial.
Fundación Urgenda vs. Países Bajos
La corte de distrito de La Haya falló a favor de la Fundación Urgenda que demandó al Estado holandés (en específico al Ministerio de Infraestructura y Medioambiente) por considerar que este último, a la luz del daño inminente que causará el cambio climático, no estaba tomando todas las medidas a su alcance para cumplir con su obligación de proteger y mejorar el medio ambiente. Es importante aclarar que la disputa no se centró sobre si el Estado holandés tenía la obligación de mitigar la emisión de gases de efecto invernadero o no, sino en el ritmo en el que lo tiene que hacer. En otras palabras, en el fallo que se emitió el 24 de junio se analizó si el Estado holandés se estaba quedando corto en sus esfuerzos por reducir de 25 a 40 por ciento (el estándar internacional aceptado) sus emisiones de dióxido de carbono para 2020, como lo recomendó el IPCC, para contener el calentamiento global en un aumento de 2° centígrados.
Desde el punto de vista
jurídico, la sentencia de la corte de distrito de La Haya es un hito por ser la
primera vez a nivel mundial en que, por un lado, un tribunal ordena a un Estado
reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y, por otro, se le
responsabiliza por su omisión para prevenir el cambio climático. De igual forma
hay que reconocer cómo, sin contar con expertos en la materia, la corte pudo
navegar y emitir su decisión basándose sólo en la información científica que
presentaron las partes. En este punto es importante resaltar que la corte dio
el valor de “hechos irrefutables” a los reportes y las conclusiones del Grupo Intergubernamental
de Expertos sobre el Cambio Climático.
Dado a que la corte citó
múltiples instrumentos internacionales en materia de Derecho ambiental, resultó
interesante apreciar cómo explicó que al “aplicar e interpretar el Derecho
nacional […] [la corte] toma en consideración las obligaciones de Derecho
internacional. [Ya que de esta forma] estas obligaciones tienen un ‘efecto de
reflejo’ en el Derecho doméstico”. Con base en ese criterio diseccionó
principios de Derecho internacional en materia ambiental como los siguientes:
principio de precaución (la adopción de medidas no pueden ser retrasadas so
pretexto de certeza científica absoluta); principio de derecho sustentable (la
sustentabilidad y el desarrollo económico son vitales para adoptar medidas con
el objeto de combatir el cambio climático) y principio de equidad (las
políticas públicas no deben velar sólo por lo que sea benéfico para las
generaciones actuales sino también para las futuras). Y otros principios
adoptados por la Unión Europea: principio de alto nivel de protección (la
política ambiental de la Unión Europea es una prioridad alta que debe ser
adoptada de forma estricta) y principio de prevención (el Estado debe adoptar
medidas para evitar daños al medio ambiente).
La corte señaló que el poder
discrecional que ostentan los Estados para fijar sus políticas ambientales no
es ilimitado, ya que tienen la obligación de proteger a sus ciudadanos tomando
medidas apropiadas y efectivas. Indicó que aun cuando las emisiones dióxido de
carbono de Países Bajos no representarán un gran porcentaje a nivel mundial,
éstas tienen un efecto acumulativo que invariablemente influye en el cambio
climático, por lo cual todas las emisiones de dióxido de carbono que se
produzcan en exceso serían atribuidas al Estado holandés, ya que éste, si no
emite reglas u otras medidas para reducirlas, estará incurriendo en una
omisión.
Atajando los argumentos
tradicionales de que cuestiones políticas no son justiciables y de separación
de poderes, la corte indicó que de acuerdo con el Derecho neerlandés no existe
una completa separación de poderes, sino que aquél “busca establecer un sistema
de balances entre poderes estatales, lo cual no significa que un poder —en un
sentido general— tenga primacía sobre el otro, sino que cada poder estatal
tiene sus propias tareas y responsabilidades”. Respecto del primer argumento
concluyó que “la reclamación conlleva esencialmente una protección legal y, por
lo tanto, requiere una ‘revisión judicial’. Esto no significa permitir que uno
o más componentes de la reclamación puedan tener también consecuencias
políticas o que puedan afectar la elaboración o toma de decisiones políticas.
Sin embargo, esto es inherente al rol de la corte respecto a las autoridades
gubernamentales en un estado de Derecho”.
Al final la corte concluyó
que el Estado holandés, al fallar en argumentar que no tenía la posibilidad
legal o fáctica para ir más allá de la protección fijada por su política
ambiental actual, o en argumentar que era incapaz de ejecutar una eventual
orden de la corte en su contra, o que existiera otro interés fundamental que
pudiera ser afectado, tenía la obligación de reducir 25 por ciento, para
finales de 2020, el volumen anual de sus emisiones de gases de efecto
invernadero.
Conclusión
A la fecha ya son palpables los efectos del cambio climático: a nivel mundial, durante el periodo de 1850 a 2012 la temperatura aumentó 0.85 grados. En caso de que fallen los esfuerzos para disminuir la emisión de dióxido de carbono, se estima que la temperatura mundial aumentará entre 3.7 y 4.8 grados centígrados para 2100, lo cual es muy preocupante si se tiene en mente que con un aumento de 1.5 grados centígrados quedarían borrados del mapa Fiji y Tuvalú, y que con un aumento de 2 grados centígrados se tendrían circunstancias altamente peligrosas para el ser humano.
A la fecha ya son palpables los efectos del cambio climático: a nivel mundial, durante el periodo de 1850 a 2012 la temperatura aumentó 0.85 grados. En caso de que fallen los esfuerzos para disminuir la emisión de dióxido de carbono, se estima que la temperatura mundial aumentará entre 3.7 y 4.8 grados centígrados para 2100, lo cual es muy preocupante si se tiene en mente que con un aumento de 1.5 grados centígrados quedarían borrados del mapa Fiji y Tuvalú, y que con un aumento de 2 grados centígrados se tendrían circunstancias altamente peligrosas para el ser humano.
Mientras más tiempo transcurra sin adoptarse medidas precautorias, éstas serán más riesgosas, caras y difíciles. La mayoría de los Estados no cuenta ex profeso con artículos constitucionales —como en el caso de los Países Bajos— por medio de los cuales estén obligados a “mantener su territorio habitable y proteger y mejorar el medio ambiente”, ni tampoco con criterios judiciales que reconozcan la legitimación activa de personas morales para reclamar ante una corte la “protección del medio ambiente”. Si las partes involucradas no toman cartas en el asunto, el cambio climático nos rebasará sin darnos la oportunidad de dar marcha atrás.