Luis Raúl González Pérez
señaló que ese derecho debe entenderse como el estado de completo bienestar
físico, mental y social, y no sólo como la ausencia de afecciones o
enfermedades.
De acuerdo con un
comunicado de prensa, la protección de la salud es un derecho humano no patrimonial, ni negociable, que debe ser garantizado y exigible,
señaló el Presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH),
Luis Raúl González Pérez, al participar y moderar la Mesa de
Trabajo: Alcances del derecho humano a la protección de la salud.
En el marco del Simposio CONAMED 2015 “El Derecho a la Protección de la Salud”, que se llevó a cabo en el auditorio de la Academia Nacional de Medicina, González Pérez destacó la importancia de que México construya un robusto sistema de protección de la salud, que permita enfrentar fenómenos como la desigualdad en el acceso a la salud, el desabasto en medicinas, que no se cuente con tratamientos adecuados, entre otros, relacionados con la responsabilidad del Estado como garante de la salud.
“La protección del derecho
a la salud y los problemas de salud pública corresponden a todas las instancias
y autoridades, e implican la implementación de acciones conjuntas con un
enfoque de inclusión y acceso a todas las personas, reconociendo la dinámica de
este derecho y su relación con la garantía de otros como la alimentación,
vivienda, trabajo, integridad personal, vida y medio ambiente sano”, dijo.
Aseguró que en México se
debe entender el derecho a la protección de la salud, como el estado de
completo bienestar físico, mental y social, y no solamente como la ausencia de
afecciones o enfermedades. El estado físico y mental –añadió-, se consigue
satisfaciendo todos los derechos humanos, con base en los principios de
interdependencia e indivisibilidad, y el bienestar social, al acceder a
satisfactores económicos, ambientales, culturales y políticos.
El Ombudsman nacional
destacó que ante los retos que plantean los problemas de nuestro presente es
necesario un abordaje multidisciplinario y social de las enfermedades y las
condiciones médicas específicas. “Debemos dialogar sobre cómo asegurar las
condiciones plenas para que cada afección a la salud pública pueda ser tratada
de manera gratuita y bajo los más altos estándares de calidad”, precisó.
Recordó que las obligaciones
del Estado frente a este derecho se dan en tres niveles: respetar, proteger y
cumplir. Enfatizó que los fenómenos o factores que afectan el derecho a la
protección de la salud se relacionan con interacciones sociales, que van desde
la promoción del bienestar físico y la promoción de una alimentación adecuada,
hasta factores socioeconómicos, de desigualdad e inclusive relacionados con el
deterioro ambiental.
Durante su alocución, el
Ombudsman nacional se refirió también a la situación de vulnerabilidad de las
mujeres, pueblos y comunidades indígenas, personas adultas mayores, personas
con discapacidad y personas privadas de la libertad, así como la niñez y
adolescencia, quienes sufren mayormente violaciones a su derecho a la
protección de la salud.
En el panel también
participaron el Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, José
Ramón Cossío Díaz; el Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas
de la UNAM y Miembro de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, José de
Jesús Orozco Henríquez y el Profesor e Investigador del Centro de Investigación
y Docencia Económicas, José Antonio Caballero Juárez, quienes dieron puntual
respuesta a las preguntas del auditorio.