En días recientes, un juez mexicano concedió, en el
marco de un juicio de amparo, una suspensión definitiva para que las
autoridades sanitarias le permitan importar a los padres de una niña que padece una forma grave de epilepsia un medicamento hecho a base de cannabis como tratamiento para su hija. En el siguiente texto, se explican los valores que
están en juego en este caso, así como otros asuntos similares que se han
presentado en otras partes del mundo.
El prohibicionismo en materia de drogas ha causado numerosas violaciones de los derechos humanos de miles de personas alrededor del mundo, entre ellos el derecho a la protección de la salud, a la no discriminación, la libertad de religión, la libertad de conciencia y el derecho a la información. La dimensión más violenta del prohibicionismo (la guerra contra las drogas) también ha ocasionado múltiples violaciones a las garantías penales, como el debido proceso.
Todos estos derechos, además de estar
contenidos en las cartas de derechos de las legislaciones internas, también
están presentes en instrumentos de derecho internacional de los que muchos
países forman parte.
Actualmente, la legislación mexicana prohíbe muchas
actividades relacionadas con la cannabis, inclusive aquellas relacionadas con
el uso personal sin afectación a terceros. De acuerdo con el artículo 237 de la
Ley General de Salud (LGS) la prescripción médica de dicha sustancia está
prohibida, pues la “cannabis sativa, índica y americana o mariguana, su resina,
preparados y semillas” está considerada como un estupefaciente (artículo 234
LGS).
El uso medicinal de esta sustancia no es un tema que
aparezca siquiera en la agenda de nuestras autoridades en materia de salud. Por
eso es que casos como el de Graciela Elizalde, una niña de 8 años quepadece
Síndrome de Lennox-Gastaut, quedan al arbitrio de una Secretaría de Salud que
parece no mostrarse particularmente proclive a garantizar el derecho a la
protección de la salud de personas en una situación similar a la de esta menor.
El caso de Grace
El caso de Grace
Graciela, o Grace, sufre de cientos de episodios
epilépticos al día desde hace varios años. Sus padres y médicos han tratado de
controlar el padecimiento con un sinnúmero de medicamentos anticonvulsivos e
incluso con cirugías. Sin embargo, las convulsiones no han cedido. Sus padres
se enteraron de un tratamiento a base Cannabidiol (CBD), un aceite hecho a base
de mariguana que se ha utilizado en Estados Unidos para tratar a menores con
padecimientos similares y que ha mostrado mayor efectividad que otros medicamentos.Pese
a que el medicamento no tiene efectos psicoactivos,dada su composición, no se
encuentra disponible en México.
Debido a ello, se solicitó la intervención de la
Secretaría de Salud del gobierno mexicano para que el Consejo de Salubridad
General autorizara el proceso de importación del medicamento para poder
proporcionárselo a la niña. En la carta enviada a la titular de la Secretaría, se explicó
que previamente se agotaron prácticamente todas las posibilidades médicas
posibles y que la solicitud tiene fundamento en el artículo 4º constitucional,
según el cual todas las personas tienen derecho a la protección de la salud,
mismo que no se está garantizando a Grace al no poder acceder al medicamento.
La Secretaría
negó la autorización sosteniendo que a su consideración no existe
evidencia científica concluyente sobre la eficacia y seguridad del CBD. Además,
señaló que el efecto del canabinoide en niños con epilepsia se desconoce, pero
que “la exposición temprana al tetrahidrocanabinol (THC) incrementa el riesgo
de alteraciones cognitivas adictivas y la presencia de trastornos psicóticos en
quienes lo consumen”. Esto, pese a que el medicamento en cuestión no contiene
THC. Finalmente, la Secretaría señaló que, aunque el consejo “valora la salud
de todos los mexicanos como un derecho humano” es necesario contar con mayor
evidencia científica.
Ante esta negativa, los padres decidieron ampararse. En
días recientes, el Juez Tercero de Distrito en Materia Administrativa del
Distrito Federal resolvió
conceder la suspensión definitiva para que se autorice la importación
del medicamento y le sea suministrado a la menor. A decir del Juez, la medida
cautelar no afecta “el interés social ni el orden público” pues se debe
proporcionar “a los niños los satisfactores, los cuidados y la asistencia
necesarios para lograr su sano crecimiento y desarrollo”. La decisión contrasta
con lo dicho por la Secretaría, pues el Juez afirmó que “debe garantizarse al
más alto nivel las pretensiones relacionadas con el disfrute del derecho a la
salud”.
Hasta ahora, las leyes y el gobierno mexicano han dado
un trato prácticamente igual a todos los tipos de uso de la cannabis. Los
consumidores, medicinales o no, son perseguidos y criminalizados. Las
autoridades y actores políticos clave han eludido la necesidad de una discusión
y cambios legislativos en torno a estos temas. En otros países, en cambio, el
asunto ha sido ampliamente discutido y las instancias judiciales de otros países
han reconocido el uso medicinal de la cannabis como parte del derecho a la
protección de la salud de las personas.
Canadá y el uso medicinal de la cannabis
Un caso emblemático del uso medicinal de la cannabis,
es Her majesty the Queen v
Terrence Parker, de la Corte de Canadá, que impulsó
un cambio profundo en la materia. A los cuatro años, Terrance Parker se golpeó
la cabeza con un columpio y, a partir de ese momento, comenzó a sufrir ataques
epilépticos que intentó controlar a través de la cirugía y medicina
convencional, sin gran éxito. Más tarde encontró que fumar mariguana reducía
sustancialmente la aparición de convulsiones. Debido a que no tenía fuente de
abastecimiento legal de la sustancia, comenzó a cultivarla por sí mismo para su
uso personal con fines medicinales. La policía registró su casa dos veces,
confiscó la mariguana y fue acusado de violar la ley por el cultivo y la
posesión. La Corona argumentó que Parker tenía otras opciones legales de
tratamiento. Parker alegó en la Corte de Ontario que la amenaza constante de ir
a la cárcel por preservar su salud violaba su derecho a la vida, salud,
libertad y seguridad. Además, presentó una gran cantidad de evidencia para
demostrar el valor terapéutico de la mariguana en una serie de condiciones muy
graves para los pacientes.
La Corte le dio la razón a Parker en 1999 y declaró sin
efecto la prohibición del uso medicinal de dicha sustancia. Actualmente, en
Canadá se realizan investigaciones avanzadas en torno al uso terapéutico y
medicinal de la cannabis y muchos pacientes se benefician de ello.
Cannabis medicinal e investigación
Esta decisión judicial en el caso mexicano, además de
ser pionera, nos obliga a abordar un problema donde la colisión entre el
derecho a la protección de la salud y el uso medicinal de la cannabis resulta
más obvia para muchas personas que en el caso por ejemplo, de los usos no
medicinales.
Además pone en entredicho el tipo de investigación que
se está llevando a cabo en México respecto a los usos medicinales de esta
sustancia. La propia Secretaría de Salud señaló en su respuesta que la
investigación es casi inexistente. Eso tiene que ver con el marco regulatorio
de la sustancia, el cual también queda en duda. En la LGS se reconoce a los
canabinoides escaso o nulo valor terapéutico (artículo 245). La investigación
en torno a sus propiedades médicas está sujeta a contar con la autorización por
parte de la Secretaría, y es sabido que no tiende a hacerlo muy a menudo.
Es indispensable que las autoridades competentes abran
el debate de los usos medicinales de la cannabis de manera seria, más allá de
prejuicios y considerando en todo momento el derecho a la protección de la
salud como el bien jurídico a tutelar en casos como este. Después de todo, como
sugirió hace unos años una sentencia argentina, y lo ha sostenido el Estado
uruguayo, los Estados deben colocar sus obligaciones en materia de derechos
humanos por encima de las adquiridas en tratados de control de sustancias, pues
ninguna convención compromete a criminalizar la tenencia para uso personal y
menos para uso medicinal.3 El caso de Grace abre una discusión
obligada que está pendiente en nuestro país.