jueves, 10 de septiembre de 2015

Nuestra Constitución reordenada y consolidada

 Permítame presentarle este estudio académico  con un dato: en 1917 el artículo 41 de la  Constitución tenía 63 palabras; hoy tiene más de  cuatro mil. Esa tendencia al gigantismo aqueja a  muchas otras disposiciones y ha provocado que la  Constitución mexicana sea la segunda con más  palabras a nivel mundial (solo es más extensa la  Constitución de la India). Este dato nos habla de  una tendencia que se fue saliendo de control y que  ha convertido a la reforma constitucional en una  práctica —casi— cotidiana. Esta práctica ha  permitido modernizar las normas y las  instituciones, canalizando a través del derecho los  procesos de cambio político, pero nos ha salido  muy cara en términos de técnica y estabilidad  normativas.


En la Constitución mexicana hoy existen disposiciones duplicadas, inconsistencias terminológicas, desequilibrios regulatorios, desorden y artículos que son prácticamente reglamentarios. Ese caos la ha convertido en un instrumental normativo inaccesible y confuso. De hecho, me atrevo a aventurar que son pocos los mexicanos que la han leído y todavía menos los que la entienden. Esto no es una cuestión menor porque obstruye la edificación de un Estado de Derecho ya que inhibe la germinación de una cultura constitucional en el país.

Teniendo estas premisas como punto de partida, en el Instituto de Investigaciones Jurídicas, en coordinación con el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional, nos dimos a la tarea de realizar la revisión técnica del texto constitucional que usted podrá conocer en este portal. En este estudio académico realizado, en su versión impresa, para la Cámara de Diputados reordenamos y consolidamos a la Constitución mexicana. Lo hicimos teniendo cuidado de no suprimir normas ni alterar los acuerdos políticos que dan sustento a la Constitución vigente. En este sentido no nos propusimos redactar la Constitución ideal para México ni nos permitimos suprimir o adicionar disposiciones que atendieran a nuestras convicciones ideológicas. Simplemente optimizamos a la Constitución de 1917, vigente en 2015, para hacerla más clara, ordenada y, por lo mismo, accesible a la lectura.

Para lograrlo, además de realizar una revisión técnica del texto actual, elaboramos una “Ley de Desarrollo Constitucional” que, en nuestro ejercicio, constituye una suerte de complemento a la Constitución. En esta ley -que ya ha sido propuesta en otros momentos de nuestra historia y que existe en otros países- se ubican aquellas disposiciones que, sin dejar de ser importantes, engrosan en exceso a la Constitución. Esto, como el lector podrá conocer en el “estudio introductorio“, nos permitió restarle más de catorce mil palabras al texto constitucional lo que representa una reducción del 22.6% de su contenido. De esta manera, además de reordenado y consolidado, quedó un texto más breve pero no empobrecido. Esto fue posible porque esa Ley de Desarrollo Constitucional es una especie de extensión de la Constitución.

Quienes elaboramos el estudio —coordinado por Héctor Fix-Fierro y Diego Valadés— estamos conscientes de que las constituciones, además de instrumentos jurídicos, son documentos políticos. También sabemos que algunas voces, incluso dentro de nuestro Instituto, han estado promoviendo -no sin argumentos- la convocatoria para una asamblea constituyente que apruebe una nueva Constitución. Ambas cuestiones son relevantes, merecen atención y debate, sobre todo ahora que se acerca el centenario del texto aprobado en 1917 y que la realidad del país demanda acciones desde las instituciones para transformar nuestro entorno social —¡todavía!— caracterizado por la desigualdad y por la exclusión.

Nuestro estudio no ignora lo primero ni está necesariamente en contradicción con la agenda reconstitucionalizadora. Simplemente se hace cargo de otra dimensión de nuestros entuertos constitucionales. Pensamos que un texto reordenado y consolidado de la Constitución, acompañado de una Ley de Desarrollo, sería mucho mejor —para la vida política, jurídica y social— que lo que tenemos actualmente. Al mejorar la técnica de nuestro texto constitucional la haríamos accesible para todos y, de paso, potenciaríamos su estabilidad y eficacia. Con ello ganaríamos certeza y seguridad jurídicas.

Sobre esa base podríamos seguir discutiendo si esa es la Constitución que queremos para México. Pero esa discusión legítima —y quizá necesaria— tendría como punto de partida un texto ordenado que usted puede conocer ahora. El trabajo fue publicado en versión impresa por Talleres Gráficos de la Nación en agosto de 2015 y se presenta ahora en esta versión electrónica.

Aquí usted podrá conocer un gráfico comparativo entre la Constitución vigente hasta el momento en el que realizamos el estudio (y que se estará actualizando de manera permanente) y los textos de la Constitución Reordenada y Consolidada y de la Ley de Desarrollo Constitucional. También podrá conocer estos dos documentos de manera integral. Para todos los casos, los Departamentos de Informática Jurídica y de Legislación y Jurisprudencia del IIJ-UNAM, diseñaron este micrositio que le permitirá conocer cuáles son los ajustes que proponemos. Así podrá constatar que no alteramos nuestro texto constitucional. Simplemente lo reordenamos y consolidamos. Ojalá disfrute de nuestro estudio y, si le parece buena idea, nos ayude a difundirlo.



Pedro Salazar Ugarte. Director del Instituto de Investigaciones Jurídica – UNAM.