Permítame presentarle este estudio académico con un
dato: en 1917 el artículo 41 de la Constitución tenía 63 palabras; hoy tiene
más de cuatro mil. Esa tendencia al gigantismo aqueja a muchas otras
disposiciones y ha provocado que la Constitución mexicana sea la segunda con
más palabras a nivel mundial (solo es más extensa la Constitución de la India).
Este dato nos habla de una tendencia que se fue saliendo de control y que ha
convertido a la reforma constitucional en una práctica —casi— cotidiana. Esta práctica
ha permitido modernizar las normas y las instituciones, canalizando a través
del derecho los procesos de cambio político, pero nos ha salido muy cara en
términos de técnica y estabilidad normativas.
En la Constitución
mexicana hoy existen disposiciones duplicadas, inconsistencias terminológicas,
desequilibrios regulatorios, desorden y artículos que son prácticamente
reglamentarios. Ese caos la ha convertido en un instrumental normativo
inaccesible y confuso. De hecho, me atrevo a aventurar que son pocos los
mexicanos que la han leído y todavía menos los que la entienden. Esto no es una
cuestión menor porque obstruye la edificación de un Estado de Derecho ya que
inhibe la germinación de una cultura constitucional en el país.
Teniendo estas premisas
como punto de partida, en el Instituto de Investigaciones Jurídicas, en
coordinación con el Instituto Iberoamericano de Derecho Constitucional, nos
dimos a la tarea de realizar la revisión técnica del texto constitucional que usted podrá conocer en este portal. En
este estudio académico realizado, en su versión impresa, para la Cámara de
Diputados reordenamos y consolidamos a la Constitución mexicana. Lo hicimos
teniendo cuidado de no suprimir normas ni alterar los acuerdos políticos que
dan sustento a la Constitución vigente. En este sentido no nos propusimos
redactar la Constitución ideal para México ni nos permitimos suprimir o
adicionar disposiciones que atendieran a nuestras convicciones ideológicas.
Simplemente optimizamos a la Constitución de 1917, vigente en 2015, para
hacerla más clara, ordenada y, por lo mismo, accesible a la lectura.
Para lograrlo, además de
realizar una revisión técnica del texto actual, elaboramos una “Ley de Desarrollo Constitucional”
que, en nuestro ejercicio, constituye una suerte de complemento a la
Constitución. En esta ley -que ya ha sido propuesta en otros momentos de
nuestra historia y que existe en otros países- se ubican aquellas disposiciones
que, sin dejar de ser importantes, engrosan en exceso a la Constitución. Esto,
como el lector podrá conocer en el “estudio introductorio“, nos permitió restarle más de
catorce mil palabras al texto constitucional lo que representa una reducción
del 22.6% de su contenido. De esta manera, además de reordenado y consolidado,
quedó un texto más breve pero no empobrecido. Esto fue posible porque esa Ley
de Desarrollo Constitucional es una especie de extensión de la Constitución.
Quienes elaboramos el
estudio —coordinado por Héctor Fix-Fierro y Diego Valadés— estamos conscientes
de que las constituciones, además de instrumentos jurídicos, son documentos
políticos. También sabemos que algunas voces, incluso dentro de nuestro
Instituto, han estado promoviendo -no sin argumentos- la convocatoria para una
asamblea constituyente que apruebe una nueva Constitución. Ambas cuestiones son
relevantes, merecen atención y debate, sobre todo ahora que se acerca el
centenario del texto aprobado en 1917 y que la realidad del país demanda
acciones desde las instituciones para transformar nuestro entorno social
—¡todavía!— caracterizado por la desigualdad y por la exclusión.
Nuestro estudio no ignora
lo primero ni está necesariamente en contradicción con la agenda reconstitucionalizadora.
Simplemente se hace cargo de otra dimensión de nuestros entuertos
constitucionales. Pensamos que un texto reordenado y consolidado de la
Constitución, acompañado de una Ley de Desarrollo, sería mucho mejor —para la
vida política, jurídica y social— que lo que tenemos actualmente. Al mejorar la
técnica de nuestro texto constitucional la haríamos accesible para todos y, de
paso, potenciaríamos su estabilidad y eficacia. Con ello ganaríamos certeza y
seguridad jurídicas.
Sobre esa base podríamos
seguir discutiendo si esa es la Constitución que queremos para México. Pero esa
discusión legítima —y quizá necesaria— tendría como punto de partida un texto
ordenado que usted puede conocer ahora. El trabajo fue publicado en versión
impresa por Talleres Gráficos de la Nación en agosto de 2015 y se presenta
ahora en esta versión electrónica.
Aquí usted podrá conocer
un gráfico comparativo entre la Constitución vigente hasta el momento en el que
realizamos el estudio (y que se estará actualizando de manera permanente) y los
textos de la Constitución Reordenada y Consolidada y de la Ley
de Desarrollo Constitucional. También podrá conocer estos dos documentos de
manera integral. Para todos los casos, los Departamentos de Informática
Jurídica y de Legislación y Jurisprudencia del IIJ-UNAM, diseñaron este
micrositio que le permitirá conocer cuáles son los ajustes que proponemos. Así
podrá constatar que no alteramos nuestro texto constitucional. Simplemente lo
reordenamos y consolidamos. Ojalá disfrute de nuestro estudio y, si le parece
buena idea, nos ayude a difundirlo.
Pedro Salazar Ugarte.
Director del Instituto de Investigaciones Jurídica – UNAM.