La Constitución de la
República Popular China del 4 de diciembre de 1982 expone los derechos fundamentales del pueblo chino en su capítulo II, el cual abarca desde el
artículo 33 hasta el artículo 56, donde se regula una diversa gama de derechos
fundamentales, como la igualdad ante la ley, el derecho de voto, la libertad de
expresión, la inviolabilidad de la libertad y dignidad de la persona, la
libertad religiosa, entre otras.
El artículo 33 de la
Constitución señala la igualdad de los chinos ante la ley al considerar
ciudadano de la República Popular China a todo aquel que haya adquirido la
nacionalidad; a su vez, dice que todos los ciudadanos son iguales ante la ley y
que gozan de todos los derechos establecidos por ésta, así como el deber de
cumplir con todas sus obligaciones. Es importante mencionar que este artículo
tuvo una adición a su párrafo tercero, aprobada el 14 de marzo de 2004 por la
segunda sesión de la X Asamblea Popular Nacional, en la que se establece que
“el Estado respeta y preserva los derechos humanos”; es ahí donde podemos
notar la clara evidencia de un paso adelante hacia la protección de los chinos
con respecto a su integridad.
Por otro lado, la
República Popular China protege los derechos de los extranjeros que se
encuentran en territorio chino y, a su vez, establece la obligación de acatar
las leyes del país.
La Constitución establece
el derecho de votar y ser votado a todos los ciudadanos que tengan
cumplidos los 18 años de edad; también fomenta la no discriminación al
mencionar que no importa la religión, raza, sexo, profesión, procedencia
familiar, nacionalidad, situación económica y tiempo de procedencia;
exceptuando sólo a aquellas personas que hayan sido privadas de sus derechos
políticos.
La libertad de expresión y
manifestación se encuentra establecida en el artículo 35 de la Constitución, el
cual dice que “los ciudadanos de la República Popular China tienen libertad de
palabra, de prensa, de reunión, de asociación, de desfiles y de manifestaciones”.
El artículo 41 es otra
garantía que si bien no establece lo mismo que el artículo 35 otorga un derecho
similar: reconoce el derecho a formular críticas a todo organismo del Estado y
a sus funcionarios con el propósito de plantearles sugerencias; es decir,
contempla la posibilidad de presentar quejas, acusaciones o denuncias ante los
organismos correspondientes del Estado contra cualquier entidad del Estado o
sus funcionarios que hayan infringido la ley o faltado a sus deberes.
Por otro lado, respecto a
la libertad religiosa se establece que todo ciudadano es libre de profesar la
religión que desee y que ningún organismo de Estado, organización social o
individuo puede obligar a un ciudadano a profesar o no alguna religión. El
Estado también protege las diversas actividades religiosas, siempre y cuando no
alteren el orden público, causen daño a la salud de los ciudadanos o perturben
el sistema educacional del Estado.
Los artículos 37 y 38 son
muy importantes, ya que mientras el primero establece la libertad personal y la
inviolabilidad de la misma, el segundo establece la dignidad personal; por
tanto, considero necesario citarlos textualmente:
“Artículo 37o. La libertad
personal de los ciudadanos de la República Popular China es inviolable.
Ningún ciudadano puede ser detenido sin la autorización o decisión de una
fiscalía popular o la decisión de un tribunal popular, y la detención no puede
ser ejecutada sino por los organismos de seguridad pública.
Se prohíbe practicar ilegalmente el arresto de cualquier ciudadano o privarle
por otros medios ilegales de su libertad personal o restringir la misma. Se
prohíbe realizar sin autorización registros personales a cualquier ciudadano.
Artículo 38o. La dignidad personal de los ciudadanos de la República Popular
China es inviolable. Se prohíbe ofenderlos, denigrarlos o lanzarles acusaciones
infundadas e imputaciones insidiosas por cualquier medio”.
Seguido de estos dos
artículos se garantiza la inviolabilidad del domicilio, donde se establece la
prohibición de registrar o penetrar ilegalmente el domicilio de los ciudadanos.
La Constitución de la
República Popular China reconoce el derecho al trabajo, sin embargo, también lo
menciona como un deber honroso de todos los ciudadanos que son aptos para
hacerlo. Así, el artículo 42 establece que el Estado crea, por todos los
medios, condiciones para el empleo, refuerza la protección laboral, mejora las
condiciones de trabajo, recompensa a los trabajadores ejemplares y alienta a
los ciudadanos a participar en el trabajo voluntario; el artículo 43 reconoce
el derecho de descanso que tienen los trabajadores; establece que se debe de
fijar una jornada laboral y un periodo de vacaciones para los obreros y los
empleados.
Por otro lado, el artículo
44 de la Constitución estipula por ley el régimen de jubilación para los
obreros y los empleados; el Estado y la sociedad asegurarán los medios de
subsistencia para los jubilados.
Además, el Estado promueve
los servicios de seguro social, asistencia social, asistencia médica y salud
pública; garantiza los medios de subsistencia a los militares inválidos,
socorre a las familias de los revolucionarios y otorga trato preferencial a los
familiares de los miembros del Ejército.
El Estado y la sociedad
ayudan a crear condiciones de trabajo, vida y educación para los ciudadanos
ciegos, sordos, mudos y otros minusválidos.
El derecho a la educación,
respaldado por los artículos 46 y 47 de la Constitución de la República Popular
China, promueve el desarrollo integral, moral, intelectual y físico de los
niños, adolescentes y jóvenes; asimismo, se favorece la labor creadora y
provechosa para el pueblo respecto a los ciudadanos dedicados a la educación,
la ciencia, la tecnología, la literatura, el arte y otras actividades
culturales.
Por último, en el artículo
48 se encuentra reconocida la igualdad de género, es decir, que la mujer goza
de iguales derechos que el hombre en la vida política, económica, cultural,
social y familiar.
El Estado protege el
matrimonio, la familia, la maternidad y la infancia, así como los derechos de
los chinos residentes en el extranjero, señalados en el artículo 49 y 50 de la
misma Constitución.
Miguel Ángel Morales
Sandoval
Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM