La primera sala de la
Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolverá, una vez que regrese de
las vacaciones decembrinas, y durante el siguiente periodo laboral, un amparo
relacionado con el derecho humano al acceso a la educación gratuita en los niveles
media superior y superior.
Un estudiante de la
Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo impugnó la constitucionalidad
del acuerdo del Consejo Universitario del 29 de agosto de 2013, por el cual se
determinó que a partir del ciclo escolar de 2014, los alumnos que cursen la educación media superior y superior deberán cubrir las cuotas de inscripción o
reinscripción correspondientes en sus respectivas escuelas y facultades.
Además, la sala deberá resolver un amparo, cuyo tema consiste en determinar si el artículo 58 del Código Civil para el Distrito Federal viola derechos de igualdad, no discriminación y al nombre, al establecer que el apellido paterno de las personas debe preceder al materno.
En el caso, los
progenitores de dos menores, inconformes con el orden de los apellidos
establecido en el artículo impugnado, promovieron el amparo. La juez de
distrito les otorgó el amparo para el efecto de que el Registro Civil
modificara las actas, a fin de que apareciera en primer término el apellido materno
seguido del paterno.
La primera sala también
resolverá el amparo que presentó Gabriela Hernández Arreola, acusada de haber
participado en los actos violentos durante la marcha del 2 de octubre de 2013,
por considerar que es inconstitucional el artículo 287 del Código Penal del
Distrito Federal, el cual establece como delito el ultraje a la autoridad.