sábado, 2 de enero de 2016

La SCJN resolverá en 2016 amparos en torno al orden de apellidos de personas

 La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la  Nación (SCJN) resolverá, una vez que regrese de las  vacaciones decembrinas, y durante el siguiente  periodo laboral, un amparo relacionado con el  derecho humano al acceso a la educación gratuita en  los niveles media superior y superior.

 Un estudiante de la Universidad Michoacana de San  Nicolás de Hidalgo impugnó la constitucionalidad del  acuerdo del Consejo Universitario del 29 de agosto  de 2013, por el cual se determinó que a partir del  ciclo escolar de 2014, los alumnos que cursen la                                                                    educación media superior y superior deberán cubrir                                                                las cuotas de inscripción o reinscripción                                                                                correspondientes en sus respectivas escuelas y                                                                      facultades. 

Además, la sala deberá resolver un amparo, cuyo tema consiste en determinar si el artículo 58 del Código Civil para el Distrito Federal viola derechos de igualdad, no discriminación y al nombre, al establecer que el apellido paterno de las personas debe preceder al materno.

En el caso, los progenitores de dos menores, inconformes con el orden de los apellidos establecido en el artículo impugnado, promovieron el amparo. La juez de distrito les otorgó el amparo para el efecto de que el Registro Civil modificara las actas, a fin de que apareciera en primer término el apellido materno seguido del paterno.

La primera sala también resolverá el amparo que presentó Gabriela Hernández Arreola, acusada de haber participado en los actos violentos durante la marcha del 2 de octubre de 2013, por considerar que es inconstitucional el artículo 287 del Código Penal del Distrito Federal, el cual establece como delito el ultraje a la autoridad.