jueves, 1 de septiembre de 2016

La Suprema Corte y su búsqueda de magistrados electorales

vacia El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hará  una primera depuración de los aspirantes a integrar la Sala Superior  del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). La  Convocatoria que emitieron el 5 de julio señala que de los  aspirantes  que cumplieron con los requisitos legales para ser  magistrados se  elegirán a 42, previa examinación y evaluación de  acuerdo con los requisitos establecidos en el artículo 212 de la Ley  Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

 El único criterio establecido para hacer esta primera selección es el  artículo 212 citado, el cual señala como requisitos para ser  magistrado de la Sala Superior:



Contar con credencial para votar.

Preferentemente tener conocimientos en material electoral.
No desempeñar o haber desempeñado el cargo de Presidente del Comité Ejecutivo Nacional o su equivalente en un partido político.

No haber sido registrado como candidato a cargo de elección popular en los últimos 6 años.
No desempeñar, ni haber desempeñado cargo de dirección nacional, estatal, distrital o municipal en los últimos seis años.

Estos requisitos son generales, no atienen a la realidad de la justicia electoral en el país, es necesario revisarlos y reformarlos para futuros procesos de designación. Sin embargo, para este proceso que ya inició es el único parámetro que tienen los ministros para seleccionar a 42 aspirantes de los 126 inscritos, lo cual permite una amplia discrecionalidad a las ministros de la SCJN.

Por tanto, la pregunta relevante es ¿cuáles son las cualidades que deben tener los magistrados de la Sala Superior del TEPJF? ¿Qué deberán tomar en consideraciones los ministros a fin de determinar quiénes de los 126 aspirantes deben seguir en el proceso?

Es difícil determinar un perfil único e ideal de magistrado electoral, muchos son los temas que se deben considerar al respecto, en el Observatorio Electoral consideramos que son tres los requisitos iniciales que se deben privilegiar: conocimiento, experiencia e independencia.

Los temas electorales en México llevan más de 20 años siendo objeto de estudio en diversos centros universitarios, actualmente existe una importante oferta académica al respecto.

Además, llevamos más de 20 años con autoridades electorales robustas a nivel federal y local. Factores que justifican la exigencia a los aspirantes de contar con conocimiento y experiencia probada en la materia electoral.

El conocimiento y experiencia es un requisito indispensable para quienes aspiren a llegar a la Sala Superior, pues como lo señala María Marván, investigadora del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, la próxima integración de la Sala Superior tiene una responsabilidad muy grande: consolidar la democracia. A golpe de sentencia deben exigir a los partidos políticos una mayor responsabilidad democrática. Y, por ello, es indispensable que lleguen a la Sala Superior gente responsable, con criterio y técnica jurídica, que busquen fortalecer el sistema de partidos.
Los ministros de la SCJN también deben valorar la total independencia de los aspirantes, independencia personal e independencia institucional como lo señala el juez Aharon Barak.

Al respecto, Hugo Concha, también del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, considera que quienes sean designados como magistrados deben contar con independencia ideológica o política de los candidatos a cargos de elección popular, que su trayectoria no esté asociada a ninguna fuerza política, evitando cuotas partidistas, lo cual perjudica a las instituciones electorales. En ese sentido, estima que la nueva integración de la Sala Superior debe buscar cumplir con su papel de garante de la democracia a través de sentencias claras, bien argumentadas, imparciales, coherentes y consistentes.

Procesos de designación similares, han sido fuertemente criticados porque los cargos han recaído en personas identificadas de forma clara y comprobable con algún partido político; lo cual, aunado a su poca o nula experiencia en materia electoral, ha generado autoridades que se encuentran deslegitimadas desde el inicio.

Es natural que los aspirantes tengan su propia ideología, pero ello no significa que la designación de los magistrados deba atender a una lógica de cuotas partidistas, ni mucho menos a personas cuya independencia sea razonablemente cuestionada.
Finalmente, en un contexto ideal, la designación debe recaer sobre personas de prestigio en la materia, que aporten su conocimiento y experiencia a efecto de fortalecer a la institución, y no por el contrario, que construyan su prestigio a costa de la institución.
Tal como lo señala Saúl López Noriega, profesor asociado del CIDE, al referir que los próximos magistrados electorales deben tener un prestigio propio y no construirlo a partir de su cargo, pues la siguiente generación de magistrados –al ser responsables de la última instancia de la justicia electoral- debe tener como objetivo retomar la labor de tribunal constitucional.

Por lo anterior, es una exigencia que esta primera selección de 42 aspirantes recaiga en aquellos que por su capacidad, experiencia, preparación académica y buena reputación puedan asumir las responsabilidades que implica el cargo, de manera que podamos contar con una autoridad jurisdiccional electoral fuerte, independiente y preparada en los aspectos técnicos.






Equipo del observatorio electoral de Strategia Electoral