martes, 1 de septiembre de 2015

Analizan comisiones en el Senado minuta sobre derecho de réplica

 El proyecto contempla que toda persona podrá  ejercer esa facultad cuando un sujeto obligado  emita información inexacta o falsa, que le cause  agravio, ya sea político, económico, en su honor o  en su vida privada e imagen.

 Ciudad de México.- Las comisiones unidas de  Gobernación, de Justicia y de Estudios Legislativos  segunda se declararon en sesión permanente para  analizar el dictamen que expide la Ley  Reglamentaria en materia de derecho de réplica.




El proyecto contempla que toda persona podrá ejercer esa facultad cuando un sujeto obligado emita información inexacta o falsa, que le cause agravio, ya sea político, económico, en su honor o en su vida privada e imagen.

Precisa que los sujetos obligados serán los medios de comunicación, agencias de noticias, los productores independientes, y cualquier otro emisor de información responsable del contenido original, cumplirán con está obligación a través de espacios, propios o donde sean publicados o transmitidos por terceros.

Además indica que los medios deberán de contar con un responsable para resolver solicitudes en la materia. Por otra parte el documento señala que en materia electoral el derecho de réplica solo podrá ser ejercido por el afectado mientras que las personas morales lo ejercerán mediante su representante legal.

Por otra parte los partidos políticos, precandidatos y candidatos, a puestos de elección popular, podrán ejercer estos derecho en los periodos que la Constitución y la legislación electoral prevea.

El dictamen propone además que en las transmisiones, en vivo por parte de prestadores de medios de radiodifusión, de televisión o audios restringidos, el derecho de réplica se realizará cuando el formato del programa lo permita o a juicio del medio de comunicación.

La minuta resalta que cuando lo anterior no sea procedente, la persona tendrá que presentar ante el medio de comunicación un escrito para solicitar este derecho, en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir de la fecha de la siguiente transmisión.

La norma que podría ser discutida en el pleno del Senado busca sancionar con una multa de 500 a cinco mil días de salario mínimo a los medios de comunicación que no realicen este derecho, siempre que cumpla con los tiempos determinados en la ley.