El pleno de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó diversos artículos de la Ley Educativa del Estado de Zacatecas, al considerar que los legisladores locales invadieron la esfera de competencia del Congreso de la Unión, al legislar sobre
evaluación educativa, servicio profesional docente, mejora de la práctica profesional, ingreso al servicio profesional docente, además de la promoción a
cargos en funciones de dirección y supervisión.
Al resolver la controversia constitucional que interpuso el presidente de la República en contra de la legislación educativa zacatecana, los ministros fueron “más allá” de los artículos impugnados por el ejecutivo federal para darle “una lógica sistémica a la legislación”.
Ello, porque si el pleno
hubiera anulado únicamente los artículos impugnados, consideró el pleno, la
legislación hubiera queda “muy dañada, con poco contenido y sentido”, por lo
que, “tal vez”, lo mejor sería que el congreso local revisara la norma,
exclusivamente en los temas que sí son de su competencia, indicó el ministro
Arturo Zaldívar.
Los ministros rechazaron
la intención de los legisladores locales de intervenir en la política
educativa, ya que la propia constitución federal establece que es competencia
exclusiva del Congreso de la Unión legislar en materia de políticas públicas en
la materia.