El pasado lunes 4 de
enero, el ministro presidente de la Suprema Corte, Luis María Aguilar, declaró
formalmente abierto el primer periodo de sesiones del 2016. En este periodo, la
Corte, estrenando una nueva integración, se enfrentará a litigios
constitucionales de gran importancia, que pueden transformar diversos mercados
e instituciones nacionales. Además, será el momento de conocer el pensamiento
jurídico y constitucional de los ministros recientemente designados, quienes,
durante los próximos 15 años, serán los responsables de aplicar e interpretar
la Constitución. A continuación, algunos de los asuntos más importantes que
resolverá la corte en este periodo de sesiones:
1) Controversia
constitucional 114/2013 – Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos
Conforme al artículo 1º de
la Ley Federal de Juegos y Sorteos, en México están prohibidos los “juegos de
azar y los juegos con apuestas”. La fórmula es terminante y, no obstante, los
casinos proliferan a lo largo y a lo ancho del país, operando con base en las
disposiciones de su Reglamento, el cual otorga a la Secretaría de Gobernación
las facultades para otorgar permisos y vigilar la operación de centros de
juego. Quizás por ello y aprovechando las reformas que el ejecutivo federal
hizo al Reglamento en 2013, la Cámara de Diputados promovió una controversia
constitucional demandando la invalidez de diversas disposiciones de éste. El
proyecto, de la ministra Luna Ramos, será discutido en los primeros meses de
este año.
2) Acción de
inconstitucionalidad 19/2014 – Síndrome de alienación parental
Desde 2014, el Código
Civil para el D.F. prevé como supuesto de violencia familiar al “síndrome de
alineación parental”, desorden patológico en el cual los menores son
influenciados por uno de sus padres para insultar sin justificación al otro.
Ese desorden psicológico, presente en los divorcios y el fin de las relaciones
sentimentales, fue considerado por el legislador local como merecedor de
diversas sanciones para el padre que influye negativamente en sus hijos. A éste
pueden suspendérsele tanto su patria potestad como el régimen de visitas que
hubiere sido decretado en su favor. La Comisión de Derechos Humanos del D.F.
promovió una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo que prevé el
supuesto y las sanciones correspondientes.
3) Acción de
inconstitucionalidad 33/2015 – Autismo
En abril del año pasado,
fue expedida la Ley General para la Atención y Protección a Personas con la
Condición del Espectro Autista. Dicha legislación no sólo reconoce derechos a
personas autistas, sino que prevé ciertas obligaciones para las autoridades a
fin de impulsar su integración social. El problema constitucional que enfrenta
esta legislación reside en los “certificados de habilitación” que prevé y del
cual requerirán las personas autistas para validar que pueden desempeñar
ciertas actividades laborales. La CNDH pregunta a la Corte: ¿dicho certificado
es violatorio del principio de no discriminación y del derecho humano a un
trabajo digno y socialmente útil?
4) Acción de
inconstitucionalidad 28/2015 – Matrimonio gay en Jalisco
A pesar de los esfuerzos
de la Primera Sala de la Corte para dejar claro que las parejas del mismo sexo
tienen derecho a casarse en todo el país, la mayor parte de los códigos civiles
de los estados siguen estableciendo que el matrimonio es una institución para
“un solo un hombre y una sola mujer”. Sin embargo, la CNDH aprovechó una
re-publicación del artículo 260 del Código Civil jalisciense para impugnar esta
restricción heteronormativa y buscar su invalidez. Sin duda será una buena
oportunidad para que los ministros Medina Mora, Laynez y Piña nos demuestren
que se toman en serio el artículo 1º constitucional que prohíbe la
discriminación por razón de orientación sexual.
5) Acción de
inconstitucionalidad 31/2014 – Comunidades indígenas en San Luis Potosí
A nadie queda duda que el
derecho indígena es una materia prácticamente desconocida en México. Son muy
pocos los litigios que sobre derecho indígena hemos visto en los últimos años y
esta tendencia parece no cambiar. Sin embargo, en este periodo, la Corte tendrá
la oportunidad de analizar la forma en la cual se integra el consejo consultivo
del Instituto de Desarrollo Humano y Social de las Comunidades Indígenas de San
Luis Potosí. Conforme a la norma impugnada por la Comisión de Derechos Humanos
local, dicho consejo se integra por un número indeterminado de ciudadanos
propuestos por las comunidades indígenas de los distintos municipios, quienes
deberán elegir a un hombre y a una mujer para ser, indistintamente, titular y
suplente.
6) Amparos sobre los
límites a las deducciones
Uno de los grandes temas
pendientes de la #ReformaFiscal de 2013 versa sobre la constitucionalidad de
los límites establecidos en la Ley del ISR para las deducciones personales. El
límite a las deducciones personales, considerado por expertos como regresivo y
violatorio del derecho al mínimo vital, resultó en una avalancha de amparos
fiscales, muchos de los cuales fueron impulsados por la Procuraduría para la
Defensa del Contribuyente. Dichos amparos se encuentran pendientes de
resolución en los tribunales federales de todo el país y seguirán así hasta en
tanto la Corte establezca un criterio al respecto.
7) Constitucionalidad de
la Ley de Amparo
La nueva Ley de Amparo,
publicada en 2013, sigue siendo objeto de señalamientos de inconstitucionalidad
a diestra y siniestra. Lo que parecía ser una legislación de avanzada para
reglamentar el proceso jurisdiccional más importante del país, ha sido impugnada
por abogados que ven en ella distintos candados para que los ciudadanos tengan
acceso a la justicia constitucional. Este año, a la Corte le tocará resolver si
el artículo 107, fracción II, de la Ley de Amparo es inconstitucional al
establecer ciertas condiciones –una resolución favorable y la promoción de un
recurso de revisión fiscal por parte de la autoridad- para cuestionar la
constitucionalidad de normas aplicadas en litigios fiscales y administrativos.
Julio Martínez Rivas. Abogado
(ITAM) y colaborador de la Ponencia del Ministro Cossío en la SCJN.