viernes, 22 de enero de 2016

SCJN limita el pago de salarios caídos

 La primera sala de la Suprema Corte de Justicia  de la Nación (SCJN) determinó que es  constitucional limitar a un año el pago por salarios  caídos por despido injustificado.

 En votación dividida (Javier Laynez Potisek y  Margarita Luna Ramos votaron en contra), la sala  sostuvo que la medida no viola los derechos  humanos de los trabajadores.

 Al resolver una contradicción de tesis entre  tribunales colegiados, la Corte determinó que la  reforma al artículo 48, párrafo segundo de la Ley  Federal del Trabajo, al limitar a 12 meses máximo  el pago de salarios vencidos por despido  injustificado en un juicio laboral, no transgrede el  principio de progresividad.


Anteriormente, la Ley Federal del Trabajo estipulaba que se tenían que pagar hasta 100 por ciento de salarios caídos por todo el tiempo que duraran los juicios laborales; sin embargo, con la modificación al artículo 48 de la Ley Federal del Trabajo, ahora únicamente se paga 100 por ciento de los sueldos vencidos del primer año y 2 por ciento mensual capitalizable, o 34 por ciento anual por los demás años que dure el juicio.

Según datos de la Secretaría del Trabajo, el promedio que tienen los juicios laborales de solución es de entre cuatro años ocho meses y cuatros años nueve meses, por lo que la reducción estipulada para el pago de estos salarios va en contra de los trabajadores.