miércoles, 8 de junio de 2016

¿Es suficiente la protección brindada a los defensores del medio ambiente?

medio-ambiente En el marco del Día Mundial del Medio Ambiente,  conmemorado el pasado 5 de junio, es importante  revalorar el papel de los defensores del derecho  humano a un medio ambiente sano, sobre todo  teniendo en cuenta las constantes amenazas,  hostigamientos y actos de violencia que son  perpetrados en su contra.

 Los cuales, en muchas ocasiones, no son prevenidos  y sancionados de manera efectiva por parte del  Estado.






En principio es necesario recordar que el derecho a participar en la protección del medio ambiente ha sido reconocido por la propia Asamblea General de las Naciones Unidas en el instrumento conocido como la Carta Mundial de la Naturaleza, documento en el que se precisó que toda persona “tendrá la oportunidad de participar, individual o colectivamente en la preparación de las decisiones que conciernan directamente a su medio ambiente, y cuando éste haya sido objeto de daño o deterioro, podrá ejercer los recursos necesarios para obtener una indemnización”.

Por otro lado, hay que tener en cuenta que efectivamente son los defensores del medio ambiente las personas que principalmente llevan a cabo todas las denuncias y ejercen todos los remedios judiciales para mantener los recursos naturales libres de toda invasión perniciosa. Por tanto, dichos activistas son el principal blanco de inversionistas que actúan al amparo de tratados de libre comercio, ya que en la mayoría de los casos son las actividades extractivas de empresas extranjeras las que desencadenan el impacto ambiental no deseado.

De acuerdo con el Segundo Informe sobre la Situación de las Defensoras y Defensores de los Derechos Humanos en las Américas(1), la Comisión Interamericana de Derechos Humanos señaló que en México, durante el período de 2006 a 2012, “habrían sido asesinados cuando menos 12 personas, que incluyen tanto funcionarios públicos como personas civiles, defensoras del derecho al medio ambiente”. Lo anterior pone de relieve la gravedad de la situación de los activistas, ya que incluso personal de la propia Procuraduría Federal de Protección al Ambiente habría sido agredido por realizar sus funciones protectoras encomendadas por ley.

En este contexto, es importante tener en cuenta que el Estado no puede ser únicamente testigo ante esta problemática, sino que “está en el deber jurídico de prevenir, razonablemente, las violaciones de los derechos humanos, de investigar seriamente con los medios a su alcance las violaciones que se hayan cometido dentro del ámbito de su jurisdicción a fin de identificar a los responsables, de imponerles las sanciones pertinentes y de asegurar a la víctima una adecuada reparación”(2). Por tanto, hay que considerar que existe un deber por parte de las autoridades de prevenir las violaciones de los derechos humanos de los defensores del medio ambiente. En este sentido, si dichas violaciones se materializaran, podría estimarse que sería con la aquiescencia del Estado, toda vez que existe una obligación positiva por parte de éste de actuar para prevenir transgresiones de derechos humanos.

Ahora bien, es importante mencionar que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha establecido que el hecho de que las agresiones contra personas defensoras de derechos humanos no sean perseguidas y sancionadas con eficacia produce un efecto amedrentador o intimidatorio para los demás activistas que son testigos de dichos actos de violencia(3). Por tanto, es necesario destacar que la falta de una investigación robusta por parte del Estado para prevenir y sancionar las violaciones de los derechos humanos de los ambientalistas inhibe la denuncia de actos contrarios al medio ambiente por parte de otros protectores del ecosistema –lo cual, por cierto, debilita su presencia como actores en la preservación medioambiental.

Por otro lado, si bien se destaca la existencia de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, publicada en el Diario Oficial de la Federación en 2012, así como las medidas cautelares que pueden ser solicitadas a los organismos garantes del sistema interamericano, no hay que pasar por alto que dichas soluciones no han sido suficientes para proveer un verdadero sistema que proteja de manera efectiva a las personas defensoras del medio ambiente.

Finalmente, se menciona que representantes de Naciones Unidas manifestaron, con motivo de la conmemoración del Día Mundial del Medio Ambiente, que mujeres y hombres son amenazados, detenidos ilegalmente, e incluso asesinados, simplemente por oponerse a la destrucción de los recursos naturales. En este contexto, para evitar violaciones de los derechos humanos de las personas defensoras es necesario que el Estado provea un sistema efectivo que sancione todo tipo de agresiones contra ellas, pero sobre todo que prevenga activamente cualquier posible amenaza derivada de sus actividades protectoras del medio ambiente.





Héctor Ivar Hidalgo Flores. Abogado postulante en materia constitucional.