martes, 16 de agosto de 2016

¿Cuál es la agenda de casos relevantes de la Suprema Corte para la segunda mitad del 2016?

corte El segundo periodo de sesiones de la Suprema Corte de Justicia de  la Nación inició, como cada año, el primer día hábil de agosto.  Después de la pausa vacacional de julio, los ministros retomaron  actividades en el Pleno el día el lunes 1º, misma que concluirán el  15 de diciembre de 2016. Ello quiere decir que durante las próximas  20 semanas, la Corte se abocará a resolver unos 2500 asuntos. No  exagero.

 Si cada miércoles cada Sala revisa alrededor de 60 asuntos (a  veces más, por ejemplo, para este 10 de agosto están listados 89  asuntos) y cada sesión de Pleno (que son tres veces a la semana)  se resuelve en promedio un asunto, tenemos que cada semana la  SCJN resuelve aproximadamente 123 asuntos.



Entre esos 2500 asuntos existen varios de enorme interés y si bien todos los amparos para poder ser revisados en el fondo por la Corte deben cumplir con las características de importancia y trascendencia, lo cierto es que existen ciertos temas más “taquilleros” que otros.

Veamos qué asuntos merecerán marcación personal:

Por obvias razones, en el primer lugar de esta lista se encuentran las acciones de inconstitucionalidad 56/2016, 57/2016 y 58/2016 promovidas por la Procuradora General de la República, relacionadas con la impugnación de diversas legislaciones emitidas por los Congresos de los estados de Quintana Roo, Veracruz y Chihuahua, en materia de combate a la corrupción. Ello porque durante el receso, el presidente de la Mesa Directiva del Senado de la República presentó una solicitud para que la Corte resuelva de forma prioritaria dichas acciones. Dicha resolución fue atendida por los ministros en su sesión privada del 1º de agosto.

Otros asuntos relevantes y que ya están listados para discutirse los próximos días son los siguientes: el control de diversas disposiciones de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México las que se impugnaron en las acciones de inconstitucionalidad 96/2014 y su acumulada 97/2014. La acción de inconstitucionalidad 84/2015 sobre la Ley de Protección Integral a Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas del D.F. Así como, el amparo directo en revisión 1537/2014 que se trata de un amparo en materia fiscal pero que revisa algunos temas de interés como la equidad tributaria, el derecho a la alimentación y la publicación de proyectos. A propósito del tema de publicación de proyectos, la Suprema Corte publicó su acuerdo general 7/2016 en el Diario Oficial de la Federación en donde establece los lineamientos para hacer públicos los proyectos en que aborde el estudio de constitucionalidad o convencionalidad de una norma general en términos del artículo 73 de la Ley de Amparo. Ello son excelentes noticias para el seguimiento de los criterios de la Corte.

Otros asuntos importantes que serán revisados probablemente este segundo periodo de 2016 son:

Acción de inconstitucionalidad 29/2016 sobre normas civiles de matrimonio del estado de Puebla.
Acción de inconstitucionalidad 28/2016 (27/2016 y 25/2016) sobre la Ley de Fuerza Pública del Estado de México.
Acción de inconstitucionalidad 16/2016 sobre gestación subrogada en el estado de Tabasco.
Acción de inconstitucionalidad 11/2016 sobre alienación parental en Oaxaca.
Acción de inconstitucionalidad 89/2015 sobre la Ley de espectro autista que quedó pendiente del periodo pasado pues faltó la consulta.
Acción de inconstitucionalidad 19/2014 sobre alienación parental en la Ciudad de México (se listó el año pasado pero se retiró –probablemente porque se trataba de un proyecto planteado por la Ministra Sánchez Cordero)
Acción de inconstitucionalidad 36/2013 sobre la Ley de Libre Convivencia de Jalisco.

En las Salas, el trabajo es mucho más complicado de monitorear pues, como apunté arriba, en cada sesión se listan alrededor de 60 asuntos. Con los nuevos criterios para la procedencia de los amparos directos en revisión (ADR) del Acuerdo General 9/2015, en realidad todos los asuntos en que se entre al estudio de fondo serán relevantes pues la Corte ha elevado el estándar para ello.

Afortunadamente, con el acuerdo general 7/2016, arriba mencionado, podremos revisar las listas y acceder a los proyectos de los asuntos relevantes para la integración de normas constitucionales. Entonces habrá que estar pendientes de las listas para Sala que se publican unos 15 días antes de las sesiones para poder conocer los criterios que serán revisados cada miércoles en la primera y en la segunda salas.

No obstante, de los asuntos en Sala que tengo en mente para este segundo tramo del 2016 están:

El amparo en revisión 1388/2016 de aborto que fue returnado el pasado 29 de junio y que podría verse antes de acabar el año.

Asimismo, quedó en lista el amparo en revisión 1369/2015 (Yecenia) sobre tortura, mismo que quedó en lista antes de la pausa de julio.

El amparo en revisión 54/2016 en contra de la reforma educativa.

Hay pendiente una reasunción muy importante sobre técnicas de reproducción asistida, relevante pues hasta ahora la Corte no ha tenido oportunidad de fijar criterios en este tema.

El asunto de feminicidio de Karla Pontigo también está pendiente.

También sé que hay un recurso de reclamación relevante en contra de la reasunción de competencia 125/2015 sobre aborto en el estado de Veracruz.

En la sesión de clausura del primer periodo de sesiones, el ministro presidente de la Corte mencionó también las siguientes acciones de inconstitucionalidades como asuntos no menores: las acciones 50/2016, 51/2016, 52/2016, 53/2016 y 54/2016, en las que se impugna el Código Electoral del Estado de México; la acción de inconstitucionalidad 124/2016 sobre la Ley Reglamentaria del Artículo 6o., primer párrafo, de la Constitución en materia del derecho de réplica; la acción de inconstitucionalidad 10/2014 relativa a las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, en los que se alega violación a los derechos humanos, a la libertad personal, debido proceso, presunción de inocencia y certeza jurídica; y la acción en contra del Código Nacional de Procedimientos Penales en el tema de geolocalización.

No ubiqué ningún asunto relevante que en específico trate sobre interpretación constitucional y/o definición de los alcances del llamado nuevo paradigma (bloque de constitucionalidad, principio pro persona, control de constitucionalidad difuso, control ex officio, interpretación conforme, jerarquía de tratados, aplicabilidad e interpretación de la jurisprudencia) pero habrá que estar pendientes de su aplicación en otros asuntos. Lo cierto, no obstante, es promete ser un semestre particularmente interesante. Ya veremos.





Geraldina González de la Vega. Constitucionalista y ensayista. LLM Düsseldorf.