A principios del mes
anterior, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió
el acuerdo general número 6/2016 mediante el cual definió el
procedimiento que seguirá para integrar las ternas que serán propuestas al
Senado para la designación de los futuros siete magistrados que conformarán la
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Recordemos que —de acuerdo con el artículo 99 de la Constitución— el TEPJF tiene la calidad de órgano especializado y funge como máxima autoridad
jurisdiccional en materia electoral.
En este contexto, el
pasado 13 de julio —fecha de cierre de la convocatoria emitida por la SCJN para
la inscripción de candidatos a magistrados electorales— se registró un total de
130 aspirantes que desean ocupar uno de estos siete lugares que quedarán
vacantes.
Sin duda, dicha demanda
constituye una prueba de la relevancia que el tribunal electoral ha adquirido
en la vida democrática de nuestro país.
Independencia del TEPJF
La independencia del TEPJF
respecto los otros poderes estatales y de los poderes fácticos está en juego
con la renovación de la Sala Superior. Como se sabe, el poder, en sus variadas
maneras de representación, debe mantenerse constantemente limitado mediante la
implementación de procedimientos de elección abiertos que permitan elegir en
este caso a los juzgadores, de tal manera que sean capaces de ejercer su
función pública sin condicionamientos u objetivos diversos al interés general.
Por ello, el nivel de
transparencia que caracterice al procedimiento utilizado, tanto por la SCJN
como por el Senado de la República para el nombramiento de estos magistrados
electorales, será una de las tantas maneras de medir la independencia del Poder
Judicial respecto de otros entes políticos y económicos. La ausencia de
conflictos de interés e inclinaciones partidistas fortalecería al TEPJF,
dotándolo de la legitimidad necesaria para decidir los asuntos mediante
resoluciones confiables y eficaces.
Afortunadamente, de inicio,
la SCJN ha puesto el ejemplo al hacer públicas las bases mediante las cuales
conformará las ternas que presentará al Senado. Destaca también que la
convocatoria emitida por la SCJN es pública, lo que implica que cualquier
especialista en la materia y, en general, cualquier ciudadano tuvo la
oportunidad de postularse para el cargo de magistrado electoral. Una posición
similar por parte del Senado, al momento de fijar los procedimientos de
discusión y votación, sería lo deseable.
Asimismo, la participación
ciudadana durante las comparecencias de los candidatos será indispensable para
fortalecer los criterios de selección de los nuevos magistrados electorales.
En
tiempos recientes, la sociedad civil afortunadamente ha intentado incidir cada
vez más en los nombramientos de funcionarios judiciales. Un ejemplo de ello, lo
encontramos en las interesantes recomendaciones elaboradas por diversas
organizaciones civiles, a finales del año pasado, con el objetivo de asegurar
transparencia e independencia en el procedimiento seguido para el nombramiento
de dos ministros de la SCJN.
La próxima elección
presidencial
Otro aspecto a tomar en
cuenta es que la renovación total de la Sala Superior del TEPJF adquiere suma
relevancia debido a que sus futuros integrantes serán los encargados de
realizar el cómputo final y la declaración de validez de la
elección de presidente de la República en 2018.
Ante el casi seguro vaivén
político que se suscitará antes, durante y después de la próxima elección
presidencial, es necesario que los magistrados elegidos estén mejor preparados
para enfrentar una impugnación dirigida en contra de la misma. Ello no
solamente demostrando experiencia en materia electoral, sino acreditando
también los conocimientos necesarios en derecho constitucional e internacional.
No hay que olvidar que una
de las tantas deficiencias que ciertos críticos identificaron en los polémicos
fallos emitidos por el TEPJF para resolver los juicios de inconformidad
promovidos por los partidos políticos de izquierda en contra de las elecciones
presidenciales del 2006 y 2012, fue la lectura legalista y textualista de tales
controversias por parte de los magistrados del TEPJF. Lo cuales, según estos
críticos, no asumieron el papel que les correspondía de jueces constitucionales
ya que no resolvieron tales asuntos considerando métodos de interpretación
dinámicos que se adecuaran a lo establecido por el párrafo segundo del artículo
1 de nuestra Constitución.
La nueva Sala Superior del
TEPJF —siempre y cuando utilice todas las herramientas que están a su
alcance para defender la legalidad y constitucionalidad de los procesos
electorales— puede fungir, en 2018, como un contrapeso ante los poderes
políticos, llegando incluso a invalidar la elección nacional, y evitando de
esta manera una transgresión al sistema democrático a través de la compra y
coacción del voto, la intervención de altos servidores públicos, así como el
financiamiento ilegal.
La protección de los
derechos político-electorales de los ciudadanos
Con la nueva integración
de la Sala Superior, está también en juego el ejercicio de una de las garantías
constitucionales más relevantes de nuestro sistema jurídico: el juicio para la
protección de derechos político-electorales de los ciudadanos. Ante la imposibilidad
de promover el juicio de amparo en temas electorales, este juicio para la
protección de derechos político-electorales funge como una especie de amparo
electoral del cual conoce en algunos supuestos la Sala Superior del TEPJF.
Las controversias que
puedan suscitarse en relación al derecho a ser votado, el derecho de asociación
política y los derechos que gozan los miembros de cualquier partido político,
serán competencia exclusiva de los próximos magistrados de la Sala Superior. De
ahí que la SCJN y el Senado debiesen tener muy en cuenta la función protectora
de la Sala Superior del TEPJF al momento de conformar las ternas y votar los
nombramientos.
Para concluir sobra
mencionar que este cambio de integración viene en el TEPJF no es un tema
menor. Los futuros escenarios políticos dependerán directamente de las
deficientes o adecuadas sentencias de la Sala Superior del TEPJF. En un país
donde la justicia electoral ha adquirido un papel trascendental, es
indispensable que la ciudadanía ponga mayor atención en la renovación de
este órgano judicial. Hoy en día, las decisiones del TEPJF y de la SCJN deben
propiciar un escrutinio público similares al que suscita en la elección
presidencial o en la conformación del Congreso. Ojalá así sea también este
proceso de designación que está en puerta.
Iván Jair Estrada Acero. Licenciado
en derecho por la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez (UACJ).