La antropología jurídica ha puesto sobre la mesa diversas perspectivas que han significado una nueva forma de concebir al
derecho; ha permitido transitar de una visión iuspositivista hacia una iusnaturalista. El iuspositivismo se centró en analizar las normas jurídicas de
forma dogmática sin contrastar con los hechos sociales, incluso a la fecha gran
cantidad de los estudios de derecho tienen esta metodología de trabajo, por
ello la perspectiva antropológica jurídica resulta pertinente, pues propone
todo lo contrario. La materia amplía la visión al llevar los conceptos y ordenamientos jurídicos, positivados y no positivados, al terreno de los hechos
y prácticas socioculturales.
El tema de los usos y costumbres de los grupos originarios ha sido de los temas más relevantes para la antropología del derecho, no obstante, otros tópicos como el derecho ambiental, el derecho internacional y el derecho constitucional han sido estudiados a la luz de esta disciplina.
La idea del derecho de igualdad de todos ante la ley ha
generado una infinidad de problemas que han intentado encuadrar a todos dentro
del mismo marco normativo, dejando de lado la observación de las diferencias
sociales y culturales. María Teresa Sierra (1997: 131) ha planteado que el
proyecto del Estado nacional dominante, sustentado en la concepción de una sola
ley para una sola cultura, “ha mostrado su fracaso y se enfrenta ahora a las
demandas de los pueblos indígenas que plantean el reconocimiento y el respeto
de la diversidad como una de sus principales exigencias”.
Hoy en día la antropología jurídica es vista con un
carácter interdisciplinario y multidisciplinario, y se utiliza en diversas
temáticas, como estudios de género, políticas públicas, turísticos,
migratorios, relaciones familiares, de derechos humanos y de historia del
derecho, investigaciones que han aprovechado sus conceptos y que han permitido
ampliar el panorama del análisis a través del trabajo etnográfico, que
representa una novedad en el campo del derecho, pues arroja resultados no sólo
en el ámbito de los ordenamientos jurídicos sino de las prácticas relativas a
los mismos.
Desde el punto de vista práctico, la antropología
jurídica debe ser concebida como teoría y método; como teoría ayuda a disertar
sobre diversos conceptos como: justicia, bien común, normas morales, normas
jurídicas, derecho, costumbre jurídica, entre otros; como método lleva a través
de la etnografía y el análisis hermenéutico jurídico al terreno del contraste
entre los ordenamientos normativos y las representaciones, símbolos,
significados y prácticas socioculturales de las comunidades. El trabajo
etnográfico traducido en trabajo de campo, a través de la observación
participante, entrevistas, historias de vida, grupos focales y otras técnicas,
permite recrear la parte vívida del derecho, como se interpretan y se
reinterpretan sus conceptos por parte de las autoridades y la sociedad.
La antropología asociada al derecho focaliza el interés
en significados e interpretaciones, recupera la perspectiva de los
participantes, privilegia discursos, símbolos y prácticas, la estrategia es
inductiva, se basa en técnicas de la antropología que privilegian el detalle y
el contexto, comprende lo local, lo contextual y busca contrastarlo con las
diversas categorías del derecho, ya sea positivo, vigente, consuetudinario,
sustantivo, adjetivo, etcétera. Recurre al método comparativo, pues asemeja al
derecho positivo con el derecho practicado.
En esta tarea inter, multi y transdiciplinaria, la
antropología jurídica se nutre de la ciencia del derecho y de la antropológica.
Tiene esta característica pues requiere de conceptos, razonamientos jurídicos,
procedimientos e instituciones judiciales propias del derecho y, por otro lado,
preceptos como el cultural, el social, el relativo al poder, la hegemonía,
entre otros, que provienen de la antropología y de las ciencias sociales. La
intersección de conceptos, teorías y metodologías resulta crucial en estos estudios,
pues la sola descripción de prácticas socioculturales no cumpliría con los
fines de la antropología jurídica, dichas prácticas deben ser analizar en
relación con los procesos globales y las normas de derecho impuestas por los
grupos humanos.
Juan Pablo Bolio Ortiz
Licenciado en derecho, UADY; maestro en Historia, CIESAS
Héctor Joaquín Bolio Ortiz
Licenciado en derecho, UADY; maestro en Trabajo Social
Héctor Joaquín Bolio Ortiz
Licenciado en derecho, UADY; maestro en Trabajo Social