El TEPJF consideró que la
paridad de género produce un impacto colateral en la esfera jurídica
de las mujeres, que históricamente han sido discriminadas
A través de la emisión de una jurisprudencia, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) privilegia la
tutela en la paridad de género en las candidaturas rumbo a las elecciones de
junio del próximo año.
La Sala Superior del TEPJF indicó que en la jurisprudencia 8/2015, “se estableció que cuando se trata de impugnaciones
relacionadas con el derecho fundamental de paridad de género, las mujeres
cuentan con interés legítimo para solicitar su tutela”.
En un comunicado el máximo tribunal electoral del país precisó que la paridad de género produce un impacto colateral en la esfera jurídica de las mujeres, lo que genera el interés legítimo para acudir a juicio, debido a que históricamente han sido discriminadas.
Lo anterior, tomando en cuenta, tanto su
pertenencia al grupo colectivo a favor del cual se pretende la instauración de
la medida alegada, como el perjuicio real y actual que genera en las mujeres
pertenecer al grupo que histórica y estructuralmente ha sido objeto de
discriminación”, informó.
Detalló que la
jurisprudencia también se ampara en la Convención Americana sobre Derechos
Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como de
la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra
la Mujer.